Saltar al contenido
Archivo abierto// 103 expedientes publicados// Difusión pública
A13 Archivo 13 archivo13.com
El Almacén

EXP-814 · Catástrofes y fenómenos extremos

Madrid Arena: el aforo era de 10.620 y la sentencia dio por probado que entraron al menos 16.605

El aforo era de 10.620 personas y la sentencia dio por probado que entraron al menos 16.605. Cuando vino la avalancha solo 3 de los 8 vomitorios estaban abiertos.

Desclasificado Apertura 29 de agosto de 2026 Revisión 29.08.2026 5 min · 9 fuentes
No machine-readable author provided. Mr. Tickle assumed (based on copyright claims)., CC BY 2.5 (Wikimedia Commons)
PublicidadEspacio publicitario · anuncio
728 x 90
PublicidadEspacio publicitario
320 x 100
Folio 1 · EXP-814 Copia de consulta

A las 3:35 de la madrugada del 1 de noviembre de 2012, cinco de los ocho vomitorios que sacan al público de la pista del Madrid Arena estaban cerrados. Dentro había al menos 16.605 personas. El aforo autorizado era de 10.620.

Las tres cifras no salen de un documental. Están en los hechos probados de la sentencia 488/2016 de la Audiencia Provincial de Madrid, 677 páginas, confirmada por el Supremo en diciembre de 2017.

PublicidadEspacio publicitario · anuncio
300 x 250

Hay un cuarto dato que casi nadie cita. A la Policía Municipal y a la Delegación del Gobierno se les dijo que esa noche iban 7.000 personas, y con ese número se redactó la orden de servicio del dispositivo policial. Los agentes ni siquiera sabían que el artista principal era Steve Aoki.

El aforo no era un número, eran tres plantas

El 29 de octubre, el arquitecto de Madridec Javier Martínez de Miguel comunicó a Diviertt el aforo por cotas: 3.000 arriba, 3.920 en la intermedia y 3.700 en la pista. Ese reparto era la seguridad del recinto y se cayó solo: las entradas no distinguían planta, y a la pista bajaron todos cuando salió el cabeza de cartel.

Las entradas, contadas una por una

El tribunal no estimó, sumó: 10.914 entradas de talonario de Diviertt, 1.896 de Ontickets.es, empresa del propio Miguel Ángel Flores, y 3.682 de Ticketmaster. Con invitaciones y taquilla, 16.605 asistentes. Y avisa de que es un suelo, no un techo: hubo testigos a los que nunca les pasaron la entrada por el lector.

A las 10:45 de la mañana siguiente, con tres chicas ya muertas, Flores escribió a Francisco del Amo, de Madridec: "metimos 9650 personas, pero habitualmente el aforo que nos dais máximo es de 12000". El contrato fijaba el precio según el número real de asistentes.

Ocho salidas, tres abiertas

Los ocho vomitorios que rodean la pista son vías de evacuación. Uno lo bloqueaba el escenario. Otros los cerraba el personal de acceso para proteger camerinos, vestuarios y la oficina de Diviertt. Solo tres estuvieron abiertos en las horas de más gente, y dos de los cerrados no se abrieron hasta las 3:56, veintiún minutos después de la avalancha.

Mientras se cerraban salidas se abrían entradas. Sobre las 2:28 se abrió el portón de cota 0, salida de emergencia, y entró gente a la pista ya saturada. El CGPJ lo resumió así: unas 3.000 personas por puertas de emergencia en poco más de media hora.

La avalancha llevaba una hora avisando

No fue un golpe repentino. Desde las 2:26 ya había pequeñas avalanchas en el vomitorio central del sector A, donde chocaban los que bajaban de arriba con los que querían salir de la pista. Unos controladores cortaron el paso por las escaleras a las 2:58 y funcionó. Sobre las 3:15 lo dejaron, porque nadie los coordinaba. A las 3:35 se formó la montaña humana.

Sacaron a los atrapados los propios asistentes. Desde dentro nadie llamó a emergencias: el SAMUR se enteró a las 3:59 por un aviso del 112. Sobre las 4:00 un agente entró a ver qué ocurría y anotó que el concierto seguía "con total normalidad".

Los nombres

Katia Esteban Casielles, 18 años. Cristina Arce de la Fuente, 18. Rocío Oña Pineda, 18. Las tres murieron esa madrugada. Belén Langdon del Real, de 17, el 3 de noviembre. María Teresa Alonso Vinatea, de 20, el 29 de noviembre. Otras 29 personas resultaron heridas en aquel pasillo.

El servicio médico lo dirigía el doctor Simón Viñals, de 77 años. El tribunal dio por probado que aplicó tres descargas a Cristina siguiendo las indicaciones de un técnico de ambulancia, porque no sabía usar el desfibrilador, y que dejaron de asistirla a ella y a Rocío creyéndolas muertas.

Lo que repartió el fallo

Siete condenados. Flores, 4 años de prisión. Francisco del Amo y Santiago Rojo, 3 años. Morcillo y Carlos Manzanares, 2 años, 6 meses y 1 día. Viñals, absuelto en la Audiencia, año y medio cuando el Supremo anuló esa absolución. Cinco homicidios y catorce delitos de lesiones por imprudencia grave. Catorce, no 29. El Ayuntamiento de Madrid quedó como responsable civil subsidiario.

Lo que circula y no está probado

Desde enero de 2013 se repite que alguien ordenó cerrar los accesos a la pista a las 3:15, cuando arrancaba Aoki, y se manejan cifras de 20.000, 22.000 y 23.000 asistentes. La sentencia describe otra cosa: cierres distintos, a horas distintas y con responsables distintos. No aparece una orden única.

Y hay un detalle que alimenta todo lo demás. El único vomitorio sin cámara era aquel donde murieron las chicas: quedaba la carcasa. El fiscal superior de Madrid, Manuel Moix, revisó las imágenes de seis cámaras en enero de 2013 y descartó manipulación: "Mi opinión es que no. Esa cámara simplemente no estaba". En el punto donde hay que mirar, la grabación es una carcasa vacía.

Funciona igual que en la sentencia del 11-M, leída en dos direcciones opuestas: el dato aislado casi siempre es verdad, y fuera de su párrafo dice lo contrario que el documento.

Lo que falta por conseguir

Tres papeles, no tres opiniones. El registro de los lectores de entrada, lo único que convertiría ese "al menos 16.605" en cifra cerrada. El expediente municipal de licencias, para saber con qué título funcionaba un recinto cuyas solicitudes se archivaron. Y el inventario de cámaras anterior al 31 de octubre de 2012, que diría desde cuándo faltaba la del sector A.

Falta también el reglamento que la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos de Madrid dejó pendiente, el que debía fijar qué eventos exigen vigilancia específica. Sigue sin aprobarse.

Queda la distancia de siempre entre lo probado y lo que nadie llegó a analizar, como los cincuenta pelos de Alcàsser que siguen sin perfil genético. Aquí el archivo existe, son 677 páginas, y casi nadie las ha abierto.

Fuentes de este expediente

  1. Audiencia Provincial de Madrid, Sección 7ª. Sentencia 488/2016, de 21 de septiembre de 2016, procedimiento abreviado 970/2015, 677 páginas, texto íntegro público.
  2. Tribunal Supremo, Sala Segunda. Sentencia 805/2017, de 11 de diciembre de 2017, ponente Julián Sánchez Melgar, que confirma las penas y condena al doctor Simón Viñals.
  3. Ayuntamiento de Madrid, Dirección General de Organización y Régimen Jurídico. Informe sobre la organización, gestión y seguimiento por MADRIDEC del evento Thriller Music Park - Steve Aoki, 14 de noviembre de 2012.
  4. Consejo General del Poder Judicial, nota de prensa de 27 de septiembre de 2016, sobre la condena de Miguel Ángel Flores.
  5. Consejo General del Poder Judicial, nota de prensa de 2 de marzo de 2018, sobre la confirmación de las penas por el Tribunal Supremo.
  6. Cuatro y Telemadrid, 17 de enero de 2013, declaraciones del fiscal superior de Madrid Manuel Moix sobre el vomitorio sin cámara.
  7. Vozpópuli, 29 de octubre de 2013, y Diario de León, 21 de noviembre de 2013, sobre el informe pericial del arquitecto Jordi Murtra i Ferré acerca de licencias y capacidad de evacuación.
  8. El Plural, 1 de noviembre de 2022, sobre el reglamento pendiente de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid.
  9. Público, Telecinco y The Objective, 27 de septiembre de 2024, sobre la segunda condena a Miguel Ángel Flores por apropiación indebida.
Expedientes relacionados
PublicidadEspacio publicitario · anuncio
728 x 90
PublicidadEspacio publicitario
320 x 100